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Conozca el Reglamento del MEC y cómo ampliará la oferta de cursos para la enseñanza a distancia.

¡El nuevo reglamento del MEC vino a ampliar la oferta de cursos a distancia en la enseñanza superior del país!

Publicado el 21 de junio, el Decreto Nº 9.057 del 25 de mayo de 2017, habilita la acreditación de las instituciones de educación superior (IES) para los cursos de educación a distancia (ED) sin acreditar los cursos presenciales.

Con ello, las instituciones podrán ofrecer exclusivamente cursos a distancia, en grado y postgrado lato sensu.

El objetivo es ayudar al país a alcanzar la meta 12 del Plan Nacional de Educación (PNE), que determina elevar la tasa bruta de matriculación en la enseñanza superior al 50% y la tasa neta al 33% de la población de 18 a 24 años.

En la misma línea, las IES públicas están automáticamente acreditadas para ofrecer educación a distancia, y deben ser reacreditadas por el MEC en un plazo de 5 años después de ofrecer su primer curso a distancia.

Para garantizar la seguridad y la calidad, la ordenanza reitera que la oferta de cursos a distancia requiere la autorización previa del MEC para su funcionamiento.

Otra novedad que aporta la ordenanza es la creación de centros de educación a distancia por parte de las propias instituciones ya acreditadas para este tipo de enseñanza.

El documento también detalla el número de polos que las instituciones pueden crear, basándose en el concepto institucional (CI) más reciente de la institución.

Los centros de enseñanza superior con IC 3 pueden crear hasta 50 polos al año, los de IC 4 pueden crear 150 y los de IC 5 pueden crear hasta 250 polos al año.

También pueden optar por seguir operando sólo en la sede central.

Esta medida amplía la oferta de polos de formación a distancia de las IES ya acreditadas.

Antes del Decreto, recientemente publicado, los procesos de acreditación de postes eran analizados por el MEC, con un tiempo de análisis muy largo.

Para el Secretario de Regulación y Supervisión de la Educación Superior, Henrique Sartori, "estos números tienen en cuenta la preocupación que el Ministerio de Educación tiene en relación con la calidad de las instituciones, ya que pueden crear más polos de acuerdo con la calidad que la institución tiene y presenta para la educación a distancia. Así, la creación de los centros está condicionada a la gradación de calidad que tienen las instituciones del sistema".

Visitas in situ

Las evaluaciones in situ realizadas por el MEC se concentrarán en las sedes de las instituciones y ya no en los centros.

Sin embargo, durante la visita, los evaluadores verificarán si la estructura de la IES cumple con los cursos propuestos, así como el número de estudiantes que se atenderán en la sede de la institución y en los polos.

Para los cursos, las Directrices Curriculares Nacionales siguen siendo la referencia, incluso para verificar los momentos presenciales obligatorios y otras especificidades de cada área.

Normativa del MEC y ofertas de cursos a distancia

El ministro de Educación, Mendonça Filho, justifica la actualización de la legislación comparando el porcentaje de jóvenes entre 18 y 24 años matriculados en la enseñanza superior en diferentes países.

Mientras que Argentina y Chile tienen alrededor del 30% de sus jóvenes en la educación superior - un porcentaje que supera el 60% en Estados Unidos y Canadá - Brasil tiene una tasa inferior al 20%.

"Esta realidad es resultado tanto de que todavía es una modalidad muy reciente en la educación superior brasileña como de que la normativa vigente data de 2005 y no incorpora las actualizaciones en tecnologías de la comunicación y la información, ni los modelos didácticos, pedagógicos y tecnológicos consolidados en la actualidad", explica.

Por su parte, los cursos sin actividades presenciales están ahora permitidos, pero requieren una autorización previa del MEC y una visita de evaluación in situ, incluso para las IES con autonomía.

La Secretaría de Regulación y Supervisión de la Educación Superior del MEC (Seres) también tiene previsto implementar acciones de seguimiento de los centros de la EaD, con el fin de garantizar el cumplimiento de los requisitos de funcionamiento.

Normas de transición presentes en la normativa MEC

Para los procesos que están en curso en la fecha de publicación de la ordenanza, se prevén disposiciones transitorias para adaptar el análisis de los procesos a la nueva legislación.

No será necesario continuar las visitas en los polos aún no visitados.

Las sedes y polos ya visitados tendrán un decreto de acreditación publicado por el MEC y las IES podrán crear los polos por acto propio, con los procesos archivados por el SERES.

Sólo las IES que opten por esperar una visita y no acogerse a la nueva legislación deberán informar al MEC de su opción.

Los que opten por seguir la nueva legislación tendrán el análisis de los procesos concluido por el MEC.

Con el decreto publicado, el país avanza hacia la innovación y, además, aumenta la competencia en el sector, fomentando la expansión de la oferta y la calidad.

Los cambios se publicaron en la Ordenanza Normativa nº 11 en el Diario Oficial de la Federación el 21 de junio.

Fuente: MEC


Autor
Hotscool
Creado en
27/6/2021 16:47
Actualizado
26/7/2021 6:56
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